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Acciones experimentales

El Programa Acciones Experimentales esta contemplado en la Orden de 26 de diciembre de 2007 (BOJA nº 7 de 10 de enero de 2008), modificada por la Orden de 3 de diciembre de 2010 y por la Orden de 20 de marzo de 2013 (BOJA nº 67 de 9 de abril de 2013), por la que se desarrollan los Programas de Orientación Profesional, Itinerarios de Inserción, Acciones Experimentales, Estudios y Difusión sobre el Mercado de Trabajo, Experiencias Profesionales y Acompañamiento a la Inserción, establecidos en Decreto 85/2003, de 1 de abril.

Es una iniciativa de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, puesta en marcha a través de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Programas de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, con la participación de las Delegaciones Provinciales y en esta zona, la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de la Janda. 

Tiene como objeto, promover acciones de carácter experimental dirigidas a la inserción laboral de personas demandantes de empleo, inscritas como desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo, que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Personas perceptoras de prestaciones, subsidios por desempleo o de la Renta Activa de Inserción.
  • Personas integradas en el programa de Renta Activa de Inserción.
  • Demandantes de empleo  mayores de 45 años.
  • Personas paradas de muy larga duración.

Las acciones se enmarcan en un plan integral  para la inserción laboral que pueden contemplar la movilidad geográfica de las personas participantes y combinar actuaciones de diferente naturaleza  tales como:

  • Información.
  • Orientación y asesoramiento.
  • Formación.
  • Práctica Laboral.

Las empresas con necesidades de contratación interesadas en participar en el programa pueden beneficiarse de:

  • Asesoramiento para la selección de personal, ejerciendo funciones de intermediación laboral, en base a un perfil designado por la propia empresa.
  • La posibilidad de conocer previamente la experiencia, habilidades y capacidades para el trabajo, en la propia empresa de  estos futuros trabajadores, a través de un breve periodo de prácticas en la misma, regulado mediante Convenio de Colaboración con la Mancomunidad.
  • La posibilidad de completar la formación dentro o fuera de la empresa de estas personas a contratar, en alguna especialidad de necesidad demandada por la misma empresa, sin coste alguno.